Utilizamos cookies propias y de terceros para ofrecer nuestros servicios y recoger datos estadísticos. Continuar navegando implica su aceptación. Más información

Aceptar
Civil

Accidentes laborales

Un accidente laboral es una situación grave y que puede afectar profundamente a la vida de la persona afectada y a sus familiares y seres queridos.

Tanto el trabajador como la empresa en la que se produce un accidente de trabajo van a verse envueltos en diversos procedimientos diferentes, todos muy relacionados entre sí, de forma que el resultado o circunstancias de cualquiera de ellos puede tener implicaciones en los demás.

Como especialistas y abogados de accidentes laborales, Riu & Simans Abogados planifica y prepara con el cliente todos los procedimientos administrativos y judiciales relacionados con el accidente, y lo hace de forma global y con una estrategia definida, a fin de obtener las mayores indemnizaciones y prestaciones posibles en el menor tiempo posible. El cliente siempre se tendrá a disposición al abogado que conoce a la perfección todos sus asuntos relacionados con el accidente, y que podrá aclarar cualquier duda durante el proceso.
Contacta con nosotros
En cuanto a los procedimientos y situaciones que se derivan de un accidente de trabajo, en muchas ocasiones, se va a abrir un procedimiento de Inspección de Trabajo para verificar qué ha ocurrido y si se ha vulnerado, por ejemplo, la Ley de Prevención de Riesgos laborales.

En el caso del trabajador, éste es el primer interesado en que se inicie un acta de infracción.

En el caso de la Empresa, debe saber que se le ofrecerá la posibilidad de abonar la sanción con una reducción económica, pero, por otro lado, asumiendo los hechos que se relatan en el acta. Si se ha producido un accidente de trabajo, la empresa debe valorar muy bien si esa reducción le compensa, ya que puede perjudicarle en otros aspectos o procedimientos. En ese sentido, la empresa a la que se le imputa un accidente de trabajo debe, al igual que el trabajador, asesorarse y prepararse desde el primer momento de forma global ante todas los procedimientos y situaciones que el accidente de trabajo va a ocasionar.
Por otro lado, se va a iniciar un procedimiento de recargo de prestaciones en el que se puede acabar exigiendo a la empresa que abone o capitalice en la Tesorería General de la Seguridad Social un recargo de entre el 30 y el 50% sobre las prestaciones de seguridad social que le correspondan al trabajador. Este recargo se impone porque se considera que la empresa ha omitido o incumplido medidas de prevención de riesgos laborales que son la causa del accidente.

Asimismo, el trabajador, además de solicitar ese recargo, que puede iniciarse sin denuncia previa, puede reclamar, a la empresa y su aseguradora, una indemnización en concepto de responsabilidad civil por las lesiones y secuelas que haya sufrido.

También se iniciará o puede iniciarse un procedimiento de incapacidad permanente si las lesiones del trabajador le impiden total o parcialmente desarrollar su profesión habitual, o cualquier profesión.

Asimismo, en muchas ocasiones, se puede iniciar un procedimiento penal al considerarse que el accidente de trabajo se ha debido a la comisión de un delito contra la seguridad de los trabajadores, o que se podría estar ante un delito de lesiones o un homicidio imprudente, entre otros.
¿Necesitas ayuda? Contacta con nosotros

¿Necesitas ayuda?
Contacta con nosotros